Seguro
de Cesantía o Cesantía Segura el Choque con la Indemnización |
Nuestras
políticas benefactoras, o cultura del bienestar, no pueden seguir
dándose el lujo de períodos sabáticos en vastos sectores laborales,
cuyo nivel intelectivo y volitivo permanece aún en el más absoluto
subdesarrollo.
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Diario
El Mercurio, Dom. 02/04/2000 |
Sebastián
Burr Cerda |
COMIENZAN ya a escucharse los trompetazos
de la discordia entre la CUT, el Gobierno y los empresarios respecto al
seguro de cesantía. A mi juicio, lo que se requiere es un esclarecimiento
técnico, lógico y humano de todo el asunto. Lo primero es, entonces, poner
en evidencia las contradicciones y los efectos perversos de la actual
ley de indemnizaciones. Después, discurrir un nuevo cuerpo legal de defensa
efectiva y a largo plazo del trabajador cesante, considerando la ética
del trabajo y el desarrollo del individuo que lo ejecuta, las exigencias
técnicas y económicas, y la flexibilidad que exige la globalización de
la economía, en creciente competitividad y en constante cambio. Esto significa
tomar en cuenta el aporte y la libertad de cada uno de los trabajadores
y de los empresarios, a fin de mejorar los ingresos de los primeros y
aumentar la eficiencia de los segundos, y asimismo asegurar una actualización
permanente de las capacidades laborales.
Nuestro exiguo mercado interno y nuestra ínfima capacidad de desarrollo
obligan a las empresas a salir al mundo. Y esa exigencia no acepta gravar
directa o indirectamente la ya precaria productividad nacional. Tan deficitaria
es, que cuando una transnacional adquiere una empresa chilena, desplaza
o despide al 30 por ciento o más de su personal antes de cumplir un año
de administración. ¿Y en qué se basa para proceder así? Simplemente en
los estándares de eficiencia alcanzados en otras latitudes, y exactamente
en el mismo rubro.
La capacitación permanente
El nuevo escenario global, sobre todo respecto a las empresas medianas
y pequeñas intensivas en mano de obra y precarias tecnológica y financieramente,
nos dice que los proteccionismos laborales que fomentan directa o indirectamente
la infraproductividad y que no promueven el aprendizaje son absolutamente
incompatibles con su dinámica. Y que además suelen acarrear costos económicos
y políticos en el mediano plazo, muy superiores a los que se evitan encareciendo
el trabajo a través de dichos proteccionismos. Es imperioso mejorar nuestra
productividad, desterrar el antagonismo entre empresarios y trabajadores,
generar espacios de autodefensa en el trabajador mediante una capacitación
periódica y autosustentable, y abrir así posibilidades reales de mejores
ingresos en función del despliegue de los talentos y de la voluntad de
trabajo. En un futuro muy próximo no sobrevivirán las empresas cuyos trabajadores
no estén en programas de constante aprendizaje o de actualización de sus
habilidades.
Ley de indemnización y sus efectos
Los efectos perversos y las contradicciones de la actual ley de "indemnización"
son diversos. Primero, no se sabe qué es lo que se indemniza, o qué mal
causado se pretende reparar. Segundo, dicha "compensación" está estipulada
por ley, y el trabajador la asume como derecho adquirido, pero, como al
mismo tiempo no es a todo evento, provoca los naturales y antagónicos
tiras y aflojas. Más aún, su carácter hipotético hace que los empresarios,
sobre todo los pequeños y medianos, que emplean a la mayor parte del contingente
laboral, no la incluyan en sus costos, pues si alguno lo hace en solitario,
simplemente queda fuera de mercado.
Por otra parte, dada la multiplicación exponencial que se produce en las
indemnizaciones, aumentar un salario, aunque el empresario pueda hacerlo,
es un cuasi suicidio económico. Se da así la paradoja de que la ley cierra
la posibilidad de un ingreso laboral mayor, quizás durante una buena parte
de la vida activa del trabajador, a cambio de una indemnización meramente
eventual. A esto se suma otra paradoja: el hecho de que por ley no se
pueden reducir los salarios, incluso en condiciones económicas muy adversas,
induce también al empresario a no aumentarlos, aunque pueda, pues no sabe
si en el mediano o largo plazo los podrá financiar.
Así se van concretando imágenes de egoísmo por una parte y de desidia
e incomprensión laboral por otra. Finalmente, otra causa de nuestra infraproductividad
es que después de ciertos años de servicios, cuando la indemnización conforma
ya un pozo interesante para el trabajador, muchos de ellos comienzan a
discurrir cómo hacerse despedir con derecho a indemnización, pero rindiendo
el mínimo, para constituirse en improductivos y provocar así el despido,
sabiendo que los juicios laborales casi siempre favorecen a los trabajadores
y cuentan con defensa legal gratuita. Hay que desvincular los montos de
indemnización o de seguro de cesantía del salario habitual.
La "indemnización" surgió con el propósito de asegurar la subsistencia
económica del trabajador mientras encontraba una nueva fuente laboral.
Por lo tanto, carece de toda lógica impulsar un seguro de cesantía dejando
además vigente la actual ley de indemnizaciones. Eso equivaldría a una
doble indemnización, a un doble seguro. ¿Cómo se puede financiar el seguro,
y al mismo tiempo este verdadero año sabático que significan 11 o 12 remuneraciones
en caso de despido y 10 años de vida laboral?
No, al desamparo del trabajador
Quiero ser claro: de ninguna manera estoy proponiendo dejar en la indefensión
a los trabajadores. Todo lo contrario: se debe terminar con todas las
incongruencias, la falta de una real capacitación y el divisionismo derivados
del actual sistema, que perjudican al desarrollo del mundo laboral, de
las empresas y del país.
La ley de indemnización debe replantearse por completo, constituyéndose
en un seguro de cesantía, capacitación y fondo de retiro, que no limite
la libertad de ninguna de las partes. Este seguro debería tener un financiamiento
tripartito, al que concurran en partes proporcionales el empresario, el
trabajador y el Estado, con un monto mensual, porcentual al ingreso imponible
promedio de cada trabajador. Los fondos deberían ser administrados en
cuentas individuales por organismos autónomos, expertos en riesgos y regulados
por ley.
Constituiría una muy mala señal y una regresión colectivista gravísima
conformar un sistema de reparto general en manos del Estado. Cualquier
sistema fundado en el injusto principio de "nadie sabe para quien trabaja"
atenta contra los derechos de las personas y contra la coherencia política.
El sistema de reparto ya probó su ineficiencia en toda Latinoamérica e
incluso en los EE.UU.
Lo que cubre el seguro
Ahora bien, este seguro cubriría los siguientes eventos:
1.- Que el trabajador pueda optar libremente a un mejor trabajo, o mejor
remunerado, sin quedar "enganchado" en la expectativa de la indemnización
por años de servicios;
2.- Que el trabajador pueda ser despedido cuando las condiciones del mercado
o de la empresa lo hagan necesario, sin el gravamen de la indemnización,
porque ahora estaría reemplazada por el seguro;
3.- Que la empresa pueda mejorar las remuneraciones temporal o permanentemente
sin que eso le signifique elevar su pasivo en esta materia hasta 12 veces
en los tramos de ingresos medios y bajos;
4.- Que el trabajador pueda sostener económicamente a su familia durante
un período mínimo de entre cuatro y seis meses;
5.- Incentivar fuertemente al trabajador a capacitarse o actualizarse
profesionalmente durante su cesantía, e incluso durante su permanencia
en la empresa.
6.- No se debe confundir seguro de cesantía y de capacitación con ahorro
laboral. Este nuevo sistema operaría en las siguientes modalidades:
a) El trabajador retirará todo el fondo acumulado (aporte estatal, aporte
patronal y aporte propio) cuando sea despedido por el empresario e ingrese
además en algún instituto de capacitación acreditado;
b) Si es despedido pero no ingresa en ningún instituto, percibirá sólo
la parte acumulada por él y por el empresario;
c) Si se retira voluntariamente y se capacita, percibirá su parte personal
y la parte del Estado, no la del empresario, quedando dentro el mínimo
que se requiere para solventar una eventual cesantía posterior.
d) Si se retira por su cuenta y no se capacita, recibirá sólo su parte
personal, reteniéndose igualmente el mínimo necesario para financiar una
eventual cesantía posterior;
e) Si decide capacitarse sin retirarse de la empresa, podrá acceder al
mismo financiamiento tripartito, en tanto el fondo acumulado haya rebasado
lo requerido para cubrir el evento del desempleo. Por último, de llegar
al final de su vida laboral en la misma empresa, percibirá el fondo acumulado
personal y el del empleador, a modo de fondo de retiro. En caso de que
los recursos aportados por el empresario y por el Estado terminen no siendo
utilizados, dichos montos retornarán a sus respectivos orígenes, o bien
serán destinados a financiar el seguro de aquellos trabajadores que inician
su vida laboral en la propia empresa que generó los recursos.
Ultimos alcances
La idea de que el Estado financie una parte de este seguro de cesantía
y capacitación obedece a tres razones:
1.- Que si un trabajador queda cesante hay ahí cierta responsabilidad
del Estado, pues es él quien tradicionalmente se ha autoimpuesto la educación
del ciudadano común, y queda claro que si se produce el evento del despido
es porque en alguna medida esa educación ha sido deficiente;
2.- Que la capacitación laboral es una instancia de bien común social.
3.- Que la evaluación financiera del sistema tiene que hacerse más allá
de lo estrictamente lineal. Es decir, deben entrar en consideración los
recursos que actualmente gasta el Estado para atenuar la cesantía y/o
paliar una enorme gama de efectos colaterales. Por ejemplo, la existencia
de los recursos de subsidio a la cesantía al trabajador público o privado,
de 360 días de vigencia, dispuestos por el DFL 150, artículos 41 y siguientes,
publicado en el "Diario Oficial" del 25 de marzo de 1982, y que quedó
como anexo del Código del Trabajo; los fondos que se destinan al programa
de empleo municipal en actual vigencia; los recursos dispuestos para el
Sence, y un largo etcétera en gastos que se hacen para contrarrestar las
lacras sociales que provoca el desempleo, por ejemplo, en policía, justicia,
sistema penitenciario, salud, etc.
Nuestras políticas benefactoras, o cultura del bienestar, no pueden seguir
dándose el lujo de períodos sabáticos en vastos sectores laborales, cuyo
nivel intelectivo y volitivo permanece aún en el más absoluto subdesarrollo.
A mi juicio, un sistema como éste contribuiría a sanear humana, económica,
técnica e incluso políticamente el país, pues cuando se trabaja bien se
vive bien, y cuando se vive bien la gente coexiste en un verdadero orden
social.
©
2001 Sebastían Burr Cerda Se autoriza su reproducción
citando la fuente y el autor.
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